Violencia entre iguales: el acoso escolar como forma persistente de maltrato infantil

11/27/20253 min leer

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El capítulo 8 del informe “Prevalencia de la violencia contra la infancia y la adolescencia en España”, publicado por el Ministerio de Juventud e Infancia en 2025, analiza uno de los fenómenos más extendidos y normalizados en la sociedad actual: la violencia entre iguales, también conocida como acoso escolar o bullying.

Según los datos del estudio, uno de cada tres jóvenes (33,6 %) reconoce haber sido víctima de violencia por parte de compañeros o iguales durante su infancia o adolescencia. El acoso se manifiesta de diferentes maneras: insultos, humillaciones, aislamiento social, difusión de rumores, agresiones físicas, control en redes sociales o exclusión dentro del grupo. En los últimos años, se ha incrementado el ciberacoso, que amplifica el daño al extender la violencia más allá del entorno escolar y mantenerla activa las 24 horas del día.

El informe distingue entre acoso puntual y acoso continuado, destacando que un 14 % de los encuestados sufrió agresiones o humillaciones de forma reiterada, lo que evidencia un patrón sostenido de maltrato psicológico. En la adolescencia, las conductas de violencia entre iguales se agravan con la presión social y el uso de las redes, convirtiéndose en un problema que afecta no solo al bienestar emocional, sino también al rendimiento académico y al desarrollo personal.

Los datos también muestran diferencias de género. Las mujeres sufren más violencia psicológica y acoso social, mientras que los hombres padecen con mayor frecuencia agresiones físicas. En ambos casos, el entorno educativo es el principal escenario de los hechos, seguido por los espacios de ocio y las plataformas digitales.

Desde la perspectiva jurídica, la violencia entre iguales constituye una forma de maltrato reconocida por la Ley Orgánica 8/2021, de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia (LOPIVI), que impone a los centros educativos la obligación de prevenir, detectar y actuar ante cualquier indicio de acoso. La norma establece la figura del coordinador de bienestar y protección, responsable de garantizar protocolos de actuación inmediata y de informar a las autoridades competentes cuando la integridad del menor esté en riesgo.

El Código Penal contempla varias figuras aplicables a los casos de acoso entre menores: amenazas, coacciones, lesiones, delitos contra la integridad moral o contra la intimidad, dependiendo de la gravedad de los hechos y de la edad de los implicados. En situaciones extremas, también pueden intervenir los Juzgados de Menores, aplicando medidas educativas, terapéuticas o de reparación del daño.

Es fundamental entender que el acoso escolar no es un “problema entre niños”, sino una vulneración de derechos. Las víctimas tienen derecho a una protección integral y a recibir atención psicológica y jurídica. La responsabilidad puede alcanzar tanto a los agresores como a los centros educativos o administraciones públicas si se demuestra que existió omisión del deber de vigilancia o falta de actuación ante las denuncias.

La jurisprudencia española ha ido consolidando criterios que reconocen la responsabilidad patrimonial de la Administración en casos de acoso escolar cuando no se adoptaron medidas preventivas o correctoras. De igual forma, los tribunales civiles y penales han enfatizado la importancia de las pruebas digitales —mensajes, correos, grabaciones o publicaciones en redes— para acreditar la existencia de hostigamiento.

El abogado especializado en protección de menores tiene un papel esencial en este tipo de casos. Su labor no se limita a denunciar los hechos, sino también a acompañar a la familia en todo el proceso, asesorar en la recopilación de pruebas, exigir la intervención del Ministerio Fiscal y garantizar la protección inmediata del menor frente a sus agresores.

El acoso escolar deja huellas profundas. Detrás de cada caso hay un niño o adolescente que ha perdido la confianza en su entorno. La intervención temprana, la asesoría jurídica adecuada y la actuación coordinada entre familia, escuela y profesionales son claves para detener la violencia y reparar el daño causado.

Si conoces un caso de acoso escolar o ciberacoso, busca orientación legal especializada. Una respuesta jurídica rápida y eficaz puede marcar la diferencia entre el silencio y la justicia.

Alejandro Mejías Guedes, Abogado especializado en protección de menores y víctimas de violencia.